Materias · 📋 Exámenes y pruebas

ICFES · Sociales y ciudadanas

Ejercicios resueltos de ICFES · Sociales y ciudadanas paso a paso, con el error que más se comete en cada uno: Cómo está armada la prueba, La Constitución de 1991, Derechos, deberes y mecanismos de protección, Ramas del poder y funciones y más. Gratis y en español.

Preguntarle al tutor de ICFES Sociales

Sin instalar nada. Puedes probar antes de crear cuenta.

Ejercicios resueltos de ICFES Sociales

Resueltos paso a paso, como te los explicaría el tutor, y con el error que más se comete.

Derechos, deberes y mecanismos de protección

El médico tratante le ordena a doña Rosa una cirugía de cadera. La EPS lleva tres meses sin autorizarla y ella camina con dolor. ¿Cuál es el mecanismo constitucional que debe usar y en cuánto tiempo le deben responder?

Cómo se resuelve

  1. 1Se identifica qué está en juego. No es un trámite ni una información que falte: está en riesgo la salud y, con ella, la vida digna de una persona. Eso es un derecho fundamental afectado por una entidad que presta un servicio público.
  2. 2Se revisa el catálogo de mecanismos de la Constitución de 1991 y qué protege cada uno. El derecho de petición (art. 23) sirve para pedir información o una respuesta a la entidad. La acción popular (art. 88) protege derechos colectivos, como el ambiente sano o el espacio público. La acción de cumplimiento (art. 87) obliga a cumplir una ley o un acto administrativo. La acción de tutela (art. 86) protege derechos fundamentales de una persona cuando están siendo vulnerados.
  3. 3El caso encaja en el art. 86: un derecho fundamental, de una persona concreta, ya vulnerado. Va tutela.
  4. 4Sobre el tiempo, la propia Constitución fija el plazo: el juez debe fallar en un término máximo de diez días. Por eso la tutela es el camino y no el derecho de petición, que tiene quince días hábiles y solo obliga a contestar, no a operar.
  5. 5Se anota además que la tutela no necesita abogado y se puede presentar ante cualquier juez: eso es parte de por qué existe.

Respuesta: La acción de tutela (artículo 86 de la Constitución). El juez debe fallar en un máximo de diez días, sin necesidad de abogado.

El error de siempre: Escoger la acción de cumplimiento porque «la EPS está incumpliendo». La acción de cumplimiento sirve para obligar a que se cumpla una ley o un acto administrativo, no para proteger la salud de una persona. En las preguntas del ICFES la palabra «incumplir» en el enunciado es el anzuelo: lo que decide no es el verbo, es qué tipo de derecho está en juego —fundamental de una persona: tutela; colectivo: acción popular.

Participación ciudadana

En un municipio del Huila el concejo aprobó un acuerdo que ya está vigente y un grupo de habitantes quiere dejar sin efecto uno de sus artículos. Recogen firmas para llevarlo a votación de todo el municipio. ¿Qué mecanismo de participación están usando?

Cómo se resuelve

  1. 1Lo primero es fijarse en el objeto: lo que quieren tumbar es un texto normativo que ya existe y está rigiendo. No es una opinión general sobre un tema, es un artículo concreto.
  2. 2Se descartan los que no encajan por su objeto. El plebiscito lo convoca el Presidente para que el pueblo apoye o rechace una decisión suya; ni lo pide la ciudadanía ni toca normas municipales. El cabildo abierto es una reunión pública del concejo o de la JAL para escuchar a los vecinos: es deliberación, no votación que derogue algo.
  3. 3Queda la duda entre consulta popular y referendo, que es donde se pierde casi todo el mundo. La consulta popular pregunta al pueblo por un asunto de trascendencia general —«¿está usted de acuerdo con que…?»— y el texto de la pregunta lo redacta la autoridad; no somete a votación un artículo ya escrito.
  4. 4El referendo sí es eso exactamente: se convoca para que el pueblo apruebe o rechace un proyecto de norma (referendo aprobatorio) o derogue una norma que ya rige (referendo derogatorio).
  5. 5Como aquí la norma existe y lo que se busca es dejarla sin efecto, es referendo derogatorio, de nivel municipal, promovido por iniciativa ciudadana con firmas.

Respuesta: Un referendo derogatorio de carácter municipal.

El error de siempre: Responder «consulta popular» porque suena a que se le consulta al pueblo. La diferencia práctica es qué hay en el tarjetón: en el referendo aparece el texto de la norma que se aprueba o se deroga; en la consulta popular aparece una pregunta redactada por la autoridad sobre un asunto. Si el enunciado menciona un artículo, un acuerdo o un proyecto de ley concreto, es referendo.

¿Y si tu ejercicio no es ninguno de estos?

No hace falta buscar el ejercicio exacto en internet. Trae el tuyo, o pide los que te falten.

Todo esto es gratis y sin instalar nada. Puedes probar antes de crear cuenta.

Lo que cubre

  • Cómo está armada la prueba
  • La Constitución de 1991
  • Derechos, deberes y mecanismos de protección
  • Ramas del poder y funciones
  • Participación ciudadana
  • Conflicto armado y memoria histórica
  • Historia de Colombia: hechos que más salen
  • Geografía y economía del territorio
  • Análisis de fuentes y caricaturas
  • Dilemas y competencias ciudadanas

Preguntas que le puedes hacer

  • Estrategia¿Cómo respondo las preguntas de situaciones ciudadanas?
  • ConstituciónDame lo esencial de la Constitución del 91 para el ICFES
  • PrácticaHazme preguntas tipo ICFES sobre mecanismos de participación
  • CaricaturasExplícame cómo se analizan las caricaturas políticas del examen

Cómo enseña este tutor

Está pensado para una prueba con tiempo contado: primero el truco de cada tipo de pregunta —cómo reconocerla y cómo descartar opciones rápido— y solo después la teoría. Concreto y práctico, para que respondas bien y a tiempo.

  • · Te muestra el camino completo, no solo el resultado.
  • · Si algo no te cuadra, te lo explica otra vez de otra manera.
  • · Con una foto de tu cuaderno te dice dónde está el error.
  • · Te arma quizzes de lo que acabas de ver para saber si de verdad quedó.

Otras materias de Exámenes y pruebas