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ICFES · Sociales y ciudadanas
Ejercicios resueltos de ICFES · Sociales y ciudadanas paso a paso, con el error que más se comete en cada uno: Cómo está armada la prueba, La Constitución de 1991, Derechos, deberes y mecanismos de protección, Ramas del poder y funciones y más. Gratis y en español.
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Ejercicios resueltos de ICFES Sociales
Resueltos paso a paso, como te los explicaría el tutor, y con el error que más se comete.
Derechos, deberes y mecanismos de protección
El médico tratante le ordena a doña Rosa una cirugía de cadera. La EPS lleva tres meses sin autorizarla y ella camina con dolor. ¿Cuál es el mecanismo constitucional que debe usar y en cuánto tiempo le deben responder?
Cómo se resuelve
- 1Se identifica qué está en juego. No es un trámite ni una información que falte: está en riesgo la salud y, con ella, la vida digna de una persona. Eso es un derecho fundamental afectado por una entidad que presta un servicio público.
- 2Se revisa el catálogo de mecanismos de la Constitución de 1991 y qué protege cada uno. El derecho de petición (art. 23) sirve para pedir información o una respuesta a la entidad. La acción popular (art. 88) protege derechos colectivos, como el ambiente sano o el espacio público. La acción de cumplimiento (art. 87) obliga a cumplir una ley o un acto administrativo. La acción de tutela (art. 86) protege derechos fundamentales de una persona cuando están siendo vulnerados.
- 3El caso encaja en el art. 86: un derecho fundamental, de una persona concreta, ya vulnerado. Va tutela.
- 4Sobre el tiempo, la propia Constitución fija el plazo: el juez debe fallar en un término máximo de diez días. Por eso la tutela es el camino y no el derecho de petición, que tiene quince días hábiles y solo obliga a contestar, no a operar.
- 5Se anota además que la tutela no necesita abogado y se puede presentar ante cualquier juez: eso es parte de por qué existe.
Respuesta: La acción de tutela (artículo 86 de la Constitución). El juez debe fallar en un máximo de diez días, sin necesidad de abogado.
El error de siempre: Escoger la acción de cumplimiento porque «la EPS está incumpliendo». La acción de cumplimiento sirve para obligar a que se cumpla una ley o un acto administrativo, no para proteger la salud de una persona. En las preguntas del ICFES la palabra «incumplir» en el enunciado es el anzuelo: lo que decide no es el verbo, es qué tipo de derecho está en juego —fundamental de una persona: tutela; colectivo: acción popular.
Participación ciudadana
En un municipio del Huila el concejo aprobó un acuerdo que ya está vigente y un grupo de habitantes quiere dejar sin efecto uno de sus artículos. Recogen firmas para llevarlo a votación de todo el municipio. ¿Qué mecanismo de participación están usando?
Cómo se resuelve
- 1Lo primero es fijarse en el objeto: lo que quieren tumbar es un texto normativo que ya existe y está rigiendo. No es una opinión general sobre un tema, es un artículo concreto.
- 2Se descartan los que no encajan por su objeto. El plebiscito lo convoca el Presidente para que el pueblo apoye o rechace una decisión suya; ni lo pide la ciudadanía ni toca normas municipales. El cabildo abierto es una reunión pública del concejo o de la JAL para escuchar a los vecinos: es deliberación, no votación que derogue algo.
- 3Queda la duda entre consulta popular y referendo, que es donde se pierde casi todo el mundo. La consulta popular pregunta al pueblo por un asunto de trascendencia general —«¿está usted de acuerdo con que…?»— y el texto de la pregunta lo redacta la autoridad; no somete a votación un artículo ya escrito.
- 4El referendo sí es eso exactamente: se convoca para que el pueblo apruebe o rechace un proyecto de norma (referendo aprobatorio) o derogue una norma que ya rige (referendo derogatorio).
- 5Como aquí la norma existe y lo que se busca es dejarla sin efecto, es referendo derogatorio, de nivel municipal, promovido por iniciativa ciudadana con firmas.
Respuesta: Un referendo derogatorio de carácter municipal.
El error de siempre: Responder «consulta popular» porque suena a que se le consulta al pueblo. La diferencia práctica es qué hay en el tarjetón: en el referendo aparece el texto de la norma que se aprueba o se deroga; en la consulta popular aparece una pregunta redactada por la autoridad sobre un asunto. Si el enunciado menciona un artículo, un acuerdo o un proyecto de ley concreto, es referendo.
¿Y si tu ejercicio no es ninguno de estos?
No hace falta buscar el ejercicio exacto en internet. Trae el tuyo, o pide los que te falten.
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Lo que cubre
- Cómo está armada la prueba
- La Constitución de 1991
- Derechos, deberes y mecanismos de protección
- Ramas del poder y funciones
- Participación ciudadana
- Conflicto armado y memoria histórica
- Historia de Colombia: hechos que más salen
- Geografía y economía del territorio
- Análisis de fuentes y caricaturas
- Dilemas y competencias ciudadanas
Preguntas que le puedes hacer
- Estrategia¿Cómo respondo las preguntas de situaciones ciudadanas?
- ConstituciónDame lo esencial de la Constitución del 91 para el ICFES
- PrácticaHazme preguntas tipo ICFES sobre mecanismos de participación
- CaricaturasExplícame cómo se analizan las caricaturas políticas del examen
Cómo enseña este tutor
Está pensado para una prueba con tiempo contado: primero el truco de cada tipo de pregunta —cómo reconocerla y cómo descartar opciones rápido— y solo después la teoría. Concreto y práctico, para que respondas bien y a tiempo.
- · Te muestra el camino completo, no solo el resultado.
- · Si algo no te cuadra, te lo explica otra vez de otra manera.
- · Con una foto de tu cuaderno te dice dónde está el error.
- · Te arma quizzes de lo que acabas de ver para saber si de verdad quedó.
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